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Invertir en la República Dominicana.
Ley No. 16-95, sobre Inversión Extranjera.
Estamos entre los primeros lugares de la región en cuanto a inversión extranjera se refiere. De acuerdo a los pronósticos de expertos y entidades relacionadas, para el año próximo, luego de la entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Centroamérica (DR-CAFTA), nuestra Inversión Extranjera Directa IED, aumentará en más de 1,500 millones de dólares, manteniéndonos así entre los primeros lugares del ranking.
Los principales proyectos de inversión extranjera en nuestro país son de capital estadounidense, seguido por el canadiense, español y mexicano. En sectores como Telecomunicaciones, Turismo, Zonas Francas… Un factor significativo es nuestro marco legal: la Ley 16-95 sobre Inversión Extranjera, la cual muestra la importancia dada por el gobierno dominicano a este renglón de la economía. La misma Ley ha sido modificada en varias ocasiones hasta llegar a un punto satisfactoriamente favorable para los inversionistas actuales y los potenciales. Uno de los principios de la Ley es el Trato Nacional, donde los inversionistas extranjeros gozan de los mismos beneficios otorgados a los inversionistas nacionales. La ley contempla la repatriación en moneda libremente convertible del capital invertido, las ganancias o divendos; igualmente la prohibición de inversión extranjera que existía paran algunos sectores, ha sido eliminada, a excepción de sectores prohibidos mundialmente; el aumento de los programas de incentivos.Para invertir en nuestro país, es imprescindible y altamente recomendable, la asistencia directa de un abogado. Nuestra firma les facilita la agilización de cualquier proyecto de inversión dentro de las categorías permitidas, asimismo certificamos el registro de su inversión a través del Centro de Exportación e Inversión de la Republica Dominicana y el Banco Central, a partir de este registro usted puede repatriar en moneda libremente convertible a su país de origen las ganancias derivadas de su inversión, del mismo modo ya sea como persona física o jurídica, puede beneficiarse de programas como el de Residencia por Inversión o exenciones impositivas en un 100%. Para más informacion contacteme a la siguiente E-mail